ElIncremento Patrimonial No Justificado parte del supuesto en que el contribuyente mantiene en sus cuentas bancarias ingresos que no se relacionan con el patrimonio que mantiene. El patrimonio, conforme lo indicado en el artículo 60 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, es: PATRIMONIO. Conjunto de activos
82.3.15. Ganancias patrimoniales no justificadas. Tendrán la consideración de ganancias de patrimonio no justificadas los bienes o derechos cuya tenencia, declaración o adquisición no se corresponda con la renta o patrimonio declarados por el contribuyente, así como la inclusión de deudas inexistentes en PersonasFísicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, en su versión modificada por la Ley 7/2012 (en lo sucesivo, «LIRPF»), titulado «Ganancias patrimoniales no justificadas», dispone lo siguiente: CURIA -Documentos Page 3of 16 Quizástenga un carácter tan excepcional que ni tan siquiera sea “normal” el utilizarla. Si nos vamos de nuevo a la consulta del ICAC referida anteriormente nos dice. “ () la cuenta 678. Gastos excepcionales, que lucirá con signo negativo en la partida 11. a) Deterioros y pérdidas, de la cuenta de pérdidas y ganancias, salvo que fuente ya no estaríamos ante una ganancia patrimonial no justificada. En este tipo de rentas, la Administración tributaria tiene conocimiento de que una perso-na posee bienes o derechos que no se corresponden con lo declarado. Le cons-ta su tenencia, pero no la fuente de la que proceden. Por lo tanto, si el contribu-yente es capaz deEstaspérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones lucrativas inter vivos no se computan fiscalmente ni por el importe total del valor de adquisición, ni por la diferencia
15FEB 2022 - 17:10 CET. Hacienda ha publicado el proyecto de ley a través del que modificará el polémico modelo 720, de declaración de bienes en el extranjero, que fue tumbado por contrario
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